Por redacción/ Última Nota
El gobierno federal expropiaría cerca de 230 hectáreas de tierra en cuatro municipios del sur para continuar con la construcción del proyecto Tren Maya que debe quedar concluido el 2023, estás hectáreas corresponden a 143 predios.
De acuerdo con el Diario Oficial de la Federación (DOF) se trata de los municipios de Tulum con un total de 62 terrenos de diversos tamaños; en Carrillo, 23; Othón P. Blanco, 29 y Bacalar 29.
En el dictamen Técnico elaborado por Fonatur, se acredita que el Proyecto Tren Maya es una obra pública mediante la cual se prestará un servicio público que comprende supuestos económicos, sociales, sanitarios y estéticos que benefician a la región, pues con ella atenderán necesidades sociales y económicas de la colectividad.
De igual manera los inmuebles que se señalan en la presente declaratoria son apropiados e idóneos para la construcción y el funcionamiento integral del Proyecto Tren Maya, por lo que resulta necesario expropiar los inmuebles de propiedad privada localizados en la superficie del Tramo 6.Que, en el caso concreto, se cumple con la causa de utilidad pública prevista en el artículo 1o.
fracción III Bis de la Ley de Expropiación, ya que se trata de la construcción de una obra de infraestructura pública, cuya finalidad es atender y satisfacer las necesidades de la población en general, tanto para los turistas como para los habitantes de las localidades ubicadas dentro de la Península de Yucatán.
Ante esta decisión se ha indicado la notificación personalmente a los titulares de los bienes y derechos, en el domicilio que de ellos conste en el expediente correspondiente.
En caso de ignorarse quiénes son los titulares o bien se desconozca su domicilio o localización, efectúese una segunda publicación en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico de mayor circulación de la localidad de que se trate, conforme a lo establecido en el artículo 2o. fracción II de la Ley de Expropiación.
También a los interesados se les da un plazo de quince días hábiles a partir de la notificación o de la segunda publicación en el Diario Oficial de la Federación de la presente Declaratoria, para manifestar ante la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano, lo que a su derecho e interés convenga y presenten las pruebas que estimen pertinentes.
👁️🔍☢️Ojo Previo convenio con los propietarios de los predios involucrados en la presente Declaratoria, se procederá a la ocupación inmediata de los mismos, de conformidad con el artículo 9 Bis fracción III de la Ley de Expropiación.
