Por redacción/ laultimanota.com.mx
El Ayuntamiento de Felipe Carrillo Puerto que encabeza José Esquivel Vargas omitió y no aceptó las recomendaciones emitidas por la CDHEQROO por el uso exclusivo de la fuerza pública de la dirección de Seguridad Pública en la detención de un civil.
De acuerdo con un comunicado emitido por ls Comisión de los Derechos Humanos del Estado de Quintana Roo (CDHEQROO) reprobaron enérgicamente la actuación por parte de los Ayuntamientos de Felipe Carrillo Puerto, Bacalar y Lázaro Cárdenas, ante la omisión y no aceptación respectiva de las recomendaciones emitidas.
El primero al ser omiso en su respuesta respecto de la recomendación CDHEQROO/04/2021/I y el segundo y tercero al no haber aceptado, respectivamente, las recomendaciones CDHEQROO/12/2020/I y CDHEQROO/07/2021/II.
La resolución CDHEQROO/04/2021/I fue dirigida al presidente del Ayuntamiento de Carrillo por violaciones al derecho humano a la integridad personal, por el uso excesivo de la fuerza, actuación atribuida a personal de la Dirección General de Seguridad Pública, Tránsito y Bomberos Municipal.
En este expediente se tiene que las autoridades responsables acudieron en respuesta a una solicitud de auxilio al domicilio de una persona para realizar el aseguramiento de un hombre que se encontraba en estado de ebriedad.
Sin embargo, en el momento que se realizó el aseguramiento, una persona salió de su casa y les pidió a los agentes que no lo golpearan pues sólo habían solicitado el apoyo para que lo detuvieran por haber alterado el orden público. En respuesta, un agente realizó dos disparos con su arma de cargo los cuales impactaron en la persona que había salido de dicha casa. Y es que hasta la fecha no se ha dado respuesta a este Organismo.
En cuanto a la número CDHEQROO/12/2020/I dirigida al municipio de Bacalar, se encontró que un hombre, después de haber sido puesto a disposición del Juez Calificador Municipal y estar al interior de la Cárcel Pública Municipal en calidad de detenido por una falta administrativa, fue abordado por un elemento de la Dirección General de Seguridad Pública y Tránsito Municipal quien roció con gas pimienta en el rostro del detenido, al momento que le pedía que no dijera nada sobre la agresión o, de lo contrario, le haría más daño, vulnerando así el derecho humano a la integridad personal. En este caso, se ha dado parte a la Legislatura y reiteramos nueva y respetuosamente nuestra petición al H. Congreso para que comparezca el actual alcalde de ese municipio y dé razón de su incumplimiento.
En tanto que en la recomendación CDHEQROO/07/2021/II en Lázaro Cárdenas, se resolvió a favor de 9 víctimas por violaciones al derecho a la legalidad y a la libertad, en su modalidad de libre tránsito por el establecimiento de un “toque de queda”.
Las autoridades señaladas como responsables se extralimitaron y no respetaron facultades y competencias constitucionales y legales puesto que impusieron una restricción de garantías constitucionales, sin que ninguna norma los faculte para ello. Estas violaciones durante la pandemia han sido consideradas como graves ya que denotan una arbitrariedad total e incluso de invasión de facultades constitucionales establecidas en nuestra Carta Magna federal.
Una recomendación es el resultado de la investigación formal y jurídica que realiza la Comisión, y en ella se estudia y acredita que las personas quejosas efectivamente fueron víctimas de violaciones a derechos humanos, ya sea por una actuación indebida u omisión de las autoridades.
La presidencia de esta Comisión de Derechos Humanos ha determinado, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por ley, dar vista a la legislatura para seguir el procedimiento, para que en la agenda legislativa se incluyan las comparecencias y las autoridades recomendadas expliquen la no aceptación de las recomendaciones.
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